| La Ley de cupo establece que el cupo líquido del año base se determinará por la aplicación del índice de imputación al importe total de las cargas no asumidas por la Comunidad Autónoma y mediante la práctica de los correspondientes ajustes y compensaciones. El esquema de cálculo es tal y como se presenta a continuación de acuerdo con el Anexo I a dicha Ley. millones de euros
1. Presupuesto del Estado: gastosEl punto de partida es los gastos totales del Gobierno central, tal y como se reflejan en los Presupuestos Generales del Estado. 2. Cargas asumidas por la CAPVA continuación se suman aquellas partidas que corresponden a funciones transferidas a la CAPV en virtud de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía. Se determina así cuanto gasta el Gobierno central en todo el Estado en funciones que en la CAPV se prestan por las Instituciones vascas. 3. Total cargas no asumidasSi al gasto total se le resta el gasto en competencias que ejerce la CAPV se obtienen entonces las cargas no asumidas, esto es, el gasto del Estado en competencias no asumidas por la CAPV. La propia Ley de Cupo determina, por un lado, el método para la cuantificación del importe total de las cargas no asumidas, mediante la deducción del total de gastos del presupuesto del Estado de la asignación presupuestaria íntegra que, a nivel estatal, corresponda a las competencias asumidas por la CAPV y, por otro, identifica tres conceptos que tendrán, entre otros, el carácter de cargas no asumidas:
4. Cargas no Asumidas a financiar por la CAPVEl Total Cargas no asumidas determina cuánto gasta el Gobierno central en toda España en competencias no asumidas por la CAPV. Para obtener la parte del coste que pagará la CAPV se aplica el índice de imputación. El índice de imputación debe ser igual a básicamente la renta relativa de la CAPV en el conjunto de España. En la práctica, este índice ha sido constante e igual al 6,24% desde que se reinstauró el sistema de cupo en 1981. En todo caso, para obtener las cargas no asumidas que debe financiar la CAPV, se multiplica el gasto global en competencias no asumidas (85.752,6 millones de euros) por el 6,24%. El resultado es 5.350,9 millones de euros en el año 2007, base del quinquenio. 5. Tributos no concertadosSon los ingresos de los capítulos 1 a 3 que obtiene el Estado en impuestos no concertados y por tasas y precios públicos cuya competencia no haya asumido la CAPV. La partida más relevante por este concepto la constituyen los derechos de aduana. Son, por tanto, cantidades de dinero obtenidas por el Estado y usadas para financiar las cargas no asumidas. La cuantía de los tributos no concertados se estima aplicando el 6,24% al total de lo obtenido en toda España por el Estado (3.942,6 millones de euros) por los conceptos señalados. 6. Ingresos no tributariosSon los ingresos de carácter no tributario obtenidos por el Estado e imputables a la CAPV. Se trata de los importes incluidos en los capítulos 4 a 8 del presupuesto del Estado (transferencias corrientes y de capital, ingresos patrimoniales, enajenación de inversiones y variación de activos financieros). Se estiman, de nuevo, mediante aplicación del índice de imputación al total de lo obtenido en España por estos conceptos (7.589,3 millones de euros). 7. Impuestos Directos ConcertadosSe trata de la compensación prevista para perfeccionar la estimación de los ingresos por impuestos directos imputables al País Vasco y al resto del Estado. En los dos supuestos, tanto los suscriptores de deuda del Estado como los funcionarios del Estado que prestan sus servicios en territorio vasco, deducirán las retenciones que les hubieran sido practicadas (e ingresadas en la Hacienda del Gobierno central) en sus declaraciones presentadas ante los Territorios Históricos, de tal forma que las retenciones las cobra aquél y las devuelve la CAPV, lo que exige una compensación que constituye el objetivo del ajuste previsto en este apartado 7. 8. Ingresos obtenidos por el Estado imputables a la CAPVLa suma de los tres conceptos anteriores es el total de ingresos que obtiene el Gobierno central atribuibles a la CAPV. En el año 2007 suponía 1.152,4 millones de euros. 9. Déficit presupuestarioEl déficit es una parte más de los ingresos no concertados y, como tal, ha de imputarse a la CAPV el porcentaje de ingreso por déficit que le corresponda, a fin de que la CAPV financie las cargas no asumidas de igual manera que el Estado. Para ello se deduce del cupo la parte imputable del déficit que presenten los Presupuestos Generales del Estado y se incluye como carga no asumida el pago de los intereses y cuotas de amortización de las deudas del Estado. El déficit relevante se estima, de nuevo, mediante la aplicación del índice de imputación (el 6,24%) al total de déficit que se deriva de los presupuestos del Estado. 10. Cupo LíquidoEs lo que efectivamente se paga por las competencias no asumidas. Se obtiene simplemente restando del total de gastos a pagar, lo que recauda el Estado por ingresos imputables a la CAPV y la parte de los gastos que financia con déficit. 11. Otras compensacionesLa cantidad final de Cupo a pagar se obtiene restando al Cupo Líquido, algunas cantidades que corresponden a la financiación de algunas competencias de gasto asumidas por la CAPV. Estas compensaciones pueden variar en el tiempo.
12. Líquido a pagarEsta es la cantidad que finalmente se paga al Estado. Se obtiene restando al Cupo líquido (10) las compensaciones por competencias concretas (11). end faq |
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| El cupo del año base |
