HECHO IMPONIBLE |
NORMATIVA APLICABLE |
EXACCIÓN |
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TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS | |||
Bienes Inmuebles | Transmisiones onerosas y arrendamientos | Normativa foral | Ubicación del inmueble en el PV |
Constitución y cesión de derechos reales, incluso de garantía | |||
Bienes muebles, semovientes o créditos | Transmisiones onerosas y constitución y cesión de derechos | Residencia habitual o domicilio fiscal del adquirente en el PV | |
Transmisión de valores | Formalización de la operación en el PV | ||
Hipoteca mobiliaria o prenda sin desplazamiento sobre buques o aeronaves | Inscripción en el PV | ||
Constitución de préstamos simples, fianzas, arrendamientos no inmobiliarios y pensiones | Sin garantía real | Residencia habitual o domicilio fiscal del en el PV del prestatario, afianzado, arrendatario o pensionista | |
Con garantía real | Inmueble ubicado en el PV o se inscriba en el PV la hipoteca mobiliaria o prenda | ||
Concesiones administrativas | De bienes | Ubicación de los bienes en el PV | |
De ejecuciones de obras o explotación de servicios | Ejecución de la obra o explotación del servicio en el PV | ||
OPERACIONES SOCIETARIAS
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Normativa común | Cualquiera de las siguientes circunstancias:
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ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS | |||
Escrituras, actas o documentos notariales | Cuota fija | Normativa foral | Otorgamiento de la escritura en el PV |
Cuota gradual | Ubicación en el PV del Registro en el que deba inscribirse | ||
Documentos administrativos | Anotaciones preventivas | Normativa foral | Ubicación en el PV del Registro en el que deba inscribirse |
Documentos mercantiles | Letras de cambio y documentos que las suplan o realicen la función de giro (pagarés, bonos, obligaciones o títulos análogos) | Normativa común | Libramiento o emisión en el PV |
Libramiento en el extranjero si residencia habitual o domicilio fiscal en el PV del primer tenedor |